1 julio, 2013

FAQ Instrucción Interna

Los representantes de SITUMA nos reunimos el pasado jueves 27 de Junio a las 9:00 AM con el Vicegerente de Organización de los Servicios Universitarios y el Jefe de Servicio de Personal de la UMA para resolver las preguntas que nos habían sido enviadas en referencia a la Instrucción Interna de 2013 de la UMA.

Fruto de aquella reunión hemos creado el FAQ (Frequently Asked Questions / Preguntas Repuestas Frecuentes) de la Instrucción Interna de la UMA, con las respuestas del Vicegerente de Organización de los Servicios Universitarios y del Jefe de Servicio de Personal.

Jornada de Julio

1. ¿Cuál va a ser el horario de jornada reducida en Julio? de 9 a 14 horas como siempre, porque se ha dicho que hay reducido, pero no aparece por ningún lado en la instrucción el horario en sí.

No hay horario reducido. El horario de 9:00 a 14:00 es obligatorio todo el año. Y con los cursos de formación se compensa la parte flexible del horario de Julio y Agosto (incluido días feriados).

2. ¿Con el saldo de horas trabajadas a mi favor que puedo hacer? ¿Podré acogerme si quiero algún día al horario reducido? Sin usar cursos de compensación me refiero.

Sí se puede compensar horas flexibles del resto del año con el saldo de horas trabajadas a favor,  pero no un día completo, sólo la parte flexible.

3. Las horas de trabajo realizadas fuera del horario obligatorio de 9 a 14 horas, durante el mes de julio, Si se hacen más horas en Julio, ¿computaran a efectos del número de horas exigidas para el año, independientemente de si se realizan cursos de formación o no? En años anteriores, al ser mensual el cómputo de horas trabajadas no ha sido posible compensar los minutos de exceso acumulados en los periodos de horario reducido. Este año al ser el cómputo anual, los minutos u horas de exceso que se acumulen durante el mes de Julio por fichar antes y después de la hora de inicio (o de fin) de la jornada de horario reducido, ¿podrán compensarse con tiempo de trabajo del horario flexible de los restantes meses? Yo interpreto que sí deberían de compensar, pero me gustaría que el Servicio de PAS lo confirmara.

Sí, las horas sobrantes del horario flexible, al hacer cursos, serán válidas para compensarlas en el horario flexible el resto del año, por el cómputo anual.

Los dos cursos de formación equivalen a 102 horas y 30 minutos que equivalen a la parte flexible de julio, días feriados y Viernes de Dolores o Lunes de Pascua.

Si no haces cursos online fuera de la jornada laboral, no puedes coger los días feriados,  con horas de saldo trabajadas ordinarias no se permiten coger días completos, solo compensarlas en la parte de horario flexible, y debes hacer las horas correspondientes a las 7:30 diarias de Julio.

4. Quería haceros una consulta de una duda que nos ha surgido a una serie de compañeros con respecto al horario reducido de julio. ¿El horario es de 9 a 14 y se recupera de los cursos de formación 2:30 horas todos los días?, o ¿Es de 8:45 a 14:15? Y lo que hay que recuperar de los cursos de formación son 2 horas?. En definitiva se trata de saber si con los cursos recuperamos 2:00 ó 2:30 horas al día.

Los dos cursos de formación equivalen a 102 horas y 30 minutos que equivalen a la parte flexible de julio, que son 2:30 horas al día, días feriados y Viernes de Dolores o Lunes de Pascua.

Días Feriados

1. Sistema de marcajes de feriados según indicaciones de Personal como días de vacaciones…., Cuando se pide alguno de los 5 días feriados en e-Tempo luego aparecen descontados de los 22 días hábiles de vacaciones. ¿Qué explicación habrá para eso? ¿Cuándo y como van a actualizar los días de vacaciones teniendo en cuenta que he hecho el curso? Van restando días de vacaciones en eTempo cuando me los voy cogiendo.

Hay dos bloques de vacaciones, uno para los 5 días feriados (juntos o sueltos) y el otro para el mes de Agosto.

El día sobrante de vacaciones (son 21 laborables de cierre de Agosto y queda 1 laborable para los 22 de vacaciones), debe ser pegado al bloque de vacaciones en Agosto, es decir debe tomarse el 31 de Julio o el 2 de Septiembre.

A final de año se actualizará el saldo en eTempo, conforme vayan terminándose los cursos de formación.

2 ¿Se pueden pedir esos 5 días feriados como asuntos propios en Enero del 2014 o hasta Marzo como se ha hecho este año?.

No, son asimilables a días del periodo de vacaciones de 2013, por lo que sólo pueden disfrutarse hasta el 31 de Diciembre de 2013.

Cursos de Compensación

Los cursos (en este caso 2) que se realizan, te compensan las horas de jornada reducida, el día del patrón, santo Tomás, viernes de Dolores o Lunes de Pascua, algún día en navidad y algún otro día más que no tengo controlado, la pregunta es:

1. Cuando se cargaran las horas de compensación en eTempo ?, porque el saldo de horas se complica por momentos , en cuanto empiece la reducida…..Dado que los cursos virtuales que se están realizando permitirían poder usar el horario reducido en el mes de julio y disponer además de 5 días de las vacaciones de agosto para poder usarlos el resto del año, ¿cómo se supone que se puede aplicar esto con los trabajadores que, cuando lleguen esas fechas, aún no hayan hecho ningún curso -pese a tenerlos concedidos- o solo uno y, por tanto, no hayan acumulado el número suficiente de horas en la bolsa? ¿Con qué tranquilidad nos iríamos así de vacaciones?

Se actualizará a final de año, si tu saldo negativo no supera las 102:30 horas, no tienes -102 horas y media, no tienes que recuperar.

-102 horas y media equivalen a 5 feriados, horario flexible de julio y Viernes de Dolores o Lunes de Pascua.

2. ¿Qué pasa con las personas que en su día trabajaron alguno o todos de los días indicados anteriormente? se le suman horas trabajadas en mitad de semana santa (apagado y encendido de edificio de Industriales y Complejo Tecnológico) y finalmente realiza los cursos en cuestión.

Las horas trabajadas fuera de jornada ordinaria, como siempre, se compensan igual que un sábado o trabajo extraordinario o 2×1 en horas, siempre que dichas horas hayan sido trabajadas, por necesidades del servicio, de forma obligada.

3. Si he hecho los 2 cursos de la UMA de 50 horas cada uno para poder coger reducción en julio, y al final en julio sólo me reduzco una hora y media al día, es decir, trabajo de 8:30 a 14:30, ¿puedo tomarme el resto de la reducción en septiembre y trabajar ese mes (septiembre) de 7:45 a 14:15? O por ejemplo, también, yo quiero hacer siempre la parte obligatoria de la jornada (es decir, las 5 horas diarias en periodo obligatorio) y después utilizar el periodo flexible junto con las horas de la bolsa de horas de formación que me queden según me interese. Me explico: En lugar de trabajar 7 horas y media en Junio y 5 horas en Julio prefiero trabajar 6:30 en Junio y 6:00 en Julio compensando las horas que faltan con un curso ¿eso es posible?

Si, las horas trabajadas en flexible pueden usarse a lo largo del año, el computo es anual.

4. Por otro lado, no encuentro por ningún lado el acceso a los Cursos de Formación, que tengo entendido que restaría muchas de las horas que se deben….

En la web de la Uma, tras identificarnos en “ ACCESO IDENTIFICADO”,  navegar en este orden a los enlaces de:

FORMACION PAS (en la columna de la derecha encabezada por “CALIDAD”)  > Acciones formativas ( en las opciones de la izquierda)  > Enlace a programa de gestión de solicitudes Genius (zona central, opción última).

O utiliza el enlace directo: https://oas.sci.uma.es:9443/geniusweb/

5. Los que no tenemos Internet en casa como se puede solucionar para poder hacerlos. Envié un correo electrónico explicando que no tengo internet en casa aún no he recibido respuesta.

Cualquier trabajador puede usar las instalaciones de la UMA para realizar los cursos online, los ordenadores de las aulas de informáticas de los centros o tu ordenador de tu puesto de trabajo, pero siempre fuera de la jornada de trabajo, y una vez tienes fichada la salida en eTempo, mientras estás realizando los cursos online no puedes tener en eTempo a la vez fichaje alguno.

6. Se rumorea que los P.A.S que hemos hecho cursos de idiomas en la Fundación General podemos utilizar la mitad de las horas de asistencia al curso, para la compensación de horario en Julio. Es decir, si el curso tiene 100 horas, y yo he asistido a 90 tendría 45 horas para compensar las horas reducidas de julio o supuestamente las podría usar para las horas de la jornada flexible del resto del año, puesto que ya voy a hacer los otros dos cursos de formación online específicos para jornada de Julio y días a compensar de la instrucción de Gerencia.

Si es así, las horas de los cursos de formación voluntarios, se pueden compensar en el horario flexible la mitad de las horas, 2 horas de curso es una hora de flexible a compensar de la jornada laboral.

Los cursos obligatorios fuera de la jornada laboral, serían 1 hora flexible por hora de curso, y además,  estas además pueden sumarse y tomarse un día. 7:30 horas de obligatorio es un día.

7. No me queda claro si aquellos que trabajamos el viernes de Dolores o el Lunes de Pascua dispondremos de un día más, ya en su día no tenía prevista la realización de los cursos, y posteriormente los he llevado a cabo.

No.

Vacaciones

1. Tras los últimos cambios habidos con Instrucción Interna y Horarios en general, tengo más que dudosas como van a ser las vacaciones de verano. En este sentido, ¿sólo se podrá coger Agosto? ¿No cuentan los días feriados de Agosto?. Yo tenía algún día más de vacaciones por antigüedad, ¿sigue rigiendo esa norma?.

Las vacaciones son en Agosto. Los días feriados pueden cogerse a lo largo del año, sólo si se han realizado o se van a realizar los cursos online. No, el día por antigüedad se ha perdido.

2. Tenemos 22 días hábiles de vacaciones, hay que coger forzosamente lo que corresponde a Agosto y los que sobran podemos disponer de ellos sueltos. ¿Cuántos sobran? Porque ¿recuperamos la semana de feria excepto el 15/08? ¿Nos la dan y punto? No lo entiendo bien del todo.

El día de vacaciones laborable, además de los 21 de cierre, debes cogerlo pegado a Agosto, al bloque de vacaciones, el 31 de Julio o el 2 de Septiembre.

Lo Feriados, los puedes coger SI HAS HECHO los cursos de formación Online de compensación, en un solo bloque  o sueltos a lo largo del año ( en eTempo lo pedirás como anotación de vacaciones).

3. Si quitamos los días feriados, agosto son 16 lectivos. ¿tenemos que tomarnos 6 días más en vez de cinco?, 5 feria + 1 vacaciones vacaciones, completaría los 22 legales.

El día de vacaciones laborable, además de los 21 de cierre, debes cogerlo pegado a Agosto, al bloque de vacaciones, el 31 de Julio o el 2 de Septiembre.

Lo Feriados (5), los puedes coger SI HAS HECHO los cursos de formación Online de compensación, en un solo bloque  o sueltos a lo largo del año (en eTempo lo pedirás como anotación de vacaciones).

4. el día elegible de vacaciones, ha de cogerse entre julio y septiembre o a lo largo del año???

El día debe ser o 31 de Julio o 2 de Septiembre.

Día de Huelga

1. ¿Se va descontar el día de huelga?, porque aparecen las horas como en el e-tempo como -7.30 h, que se deben, entonces si no las recuperas, según la instrucción de Gerencia te las descontarán si acaba el año y las debes? ¿No querrán tratar desigualmente a los dos colectivos de nuevo?

Quien haya hecho huelga se le descontará de la nómina en un futuro y si será día trabajado efectivo para homologación, tal y como está recogido en el acuerdo de Homologación. El día de Huelga se descontará de la nómina a todos los trabajadores que la hayan hecho, ya sean PDI o PAS. Según la Ley, hay cuatro años para hacer dicho descuento en la nómina.

Homologación

1. En e-tempo suman el lunes de Pascua, Sto Tomás, patrón, Semana Santa y huelga como días trabajado a efectos de homologación ¿es correcto? Si es así, es más fácil conseguir el complemento de homologación que otros años ¿no?

, cuentan como trabajados para la homologación.

2. los días feriados que van a cargo de cursos de formación ¿descuentan de homologación?

Si, al igual que los asuntos propios.

Complemento Autonómico

1. ¿Para cuándo la reapertura de la convocatoria ANUAL de solicitud de complementos autonómicos que, siendo ANUAL, está sin convocarse desde el 2009? ¿Qué se está haciendo al respecto? ¿Qué se está consiguiendo?

No se sabe. No hay noticias alguna al respecto.

Bolsa de Horas en eTempo

1. ¿Por qué desaparece la «bolsa de horas» en el control horario cada vez que en el cómputo parcial de cada uno consta un débito si se supone que el cómputo del cumplimiento de la jornada laboral se va a realizar anualmente? Por ejemplo, si pido un día de asuntos particulares de hoy para mañana, y mi validador no me valida a tiempo, pasado mañana descubriré, al volver a fichar, que mi bolsa de horas ha desaparecido. Y no reaparecerá hasta tanto no se haya producido la validación del día que pedí. Podría entender esto en los casos en que uno se queda, automáticamente, sin horas en la bolsa al no haber sido validado. Pero el caso es sucede incluso cuando uno tiene horas en la bolsa a mansalva.

Cuestión técnica que habría que analizar con la persona responsable de eTempo.

2. Querría preguntar si para los que disponemos de bolsa de horas extra autorizadas por Gerencia, no proveniente de cursos realizados este año y que no aparecen reflejadas en ningún campo de la aplicación ETEMPO, es posible utilizar esas horas al final del año en caso de déficit en el cómputo final, y la forma de realizarlo a través de la aplicación.

Trabajos extraordinarios que equivalen a 2 horas por cada hora trabajada en la bolsa de hora general.

Cuestión técnica que habría que analizar con la persona responsable de eTempo.

3. Los trabajadores que (en las mismas circunstancias de cursos sin terminar) tenemos realizadas algunas horas extra u horas por formación y queremos disfrutarlas en Julio como «Días por Horas» o «Compensación Formación» ¿nos descontaran -5h/día como siempre se ha hecho ó serán -7.30 h/día?. Y si fueran -7.30 h/día, ¿nos devolverán esas 2.30 h. una vez que tengamos realizados los cursos?.

Se descontarán 7:30. Y no se devuelve nada de ese día. Y se pierden 2:30 de los cursos realizados al cogerlo en Julio.

Y solo se cogerán días completos por compensación de Formación si las horas provienen de CURSOS OBLIGATORIOS fuera de la jornada ordinaria, NUNCA se cogerán días completos por compensación de Formación de cursos voluntarios.

Instrucción Interna / EBEP

1. Instrucción interna: El estatuto básico del Empleado Público está por encima de la instrucción interna. En caso de ser más restrictiva en cuanto a los derechos, a cual habrá que acogerse?

La instrucción interna está por debajo del EBEP y debe adaptarse a las restricciones y ventajas del EBEP actual.

Festivo trabajado

1. ¿Qué va a ocurrir con el día 18 de Junio que es fiesta y el personal que hace la selectividad tiene que trabajar ese día?.

Los trabajos realizados por el personal en Selectividad son de carácter voluntarios y remunerados a parte, por lo que no se dará día extra por haber trabajado la selectividad en un día festivo local.

2. El personal tendrá derecho a disfrutar un día adicional de permiso (1) durante el año 2013, con motivo de ser el día 12 de octubre fiesta nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, y coincidir en sábado.? La gente que trabaje en Sábado cuando lo tomará?

Por el 12 de Octubre, no se dará ningún día adicional.

Concursos de traslados

Mi duda es si se va a poder negociar de una vez por todas, de que se convoquen concurso de traslado, en concreto para el personal funcionario de la categoría C administrativos, y que los de UNN podamos concursar, ya están bien, que la última vez que se convocó un concurso fue en el año 2006. Llevamos ya 7 años sin concurso y esto se está haciendo un bola más grande y peor. Dicho concurso no supone ningún coste, y que el personal pueda elegir donde quiere estar, sin malos rollos, y sin malas caras. Y no tener que estar dependiendo del Servicio de Personal si me pueden cambiar o no.

Se va a negociar cómo hacerlo con los sindicatos. Quieren conjugar los intereses de las personas con las necesidades de personal existentes.

Incapacidad Temporal

1. Parece ser que los días por operación u hospitalización se pueden seguir cogiendo. Sin embargo no vienen en el último comunicado general al PAS sobre las modificaciones basadas en el Real Decreto, ni tampoco en el eTempo último a la hora de justificar. ¿Podríais informarnos si tenemos todavía ese derecho y cuántos días?

Operación u hospitalización del trabajador tiene una excepción al descuento de Incapacidad Temporal, eso sí, ha de comunicar al Servicio de Habilitación que no se trata de una baja por enfermedad habitual, sino que requiere hospitalización, mediante certificado del hospital en cuestión o informe médico que lo certifique.

Los días disponibles por operación u hospitalización de familiares continúa, lo da la modificación del EBEP. Lo que diga la instrucción, parece que son 3 días hábiles para primer grado.

2. Aclaración sobre el número de días de ausencia por enfermedad al semestre/año que no se ven afectadas por reducción del 50 % del sueldo y los que se computarían para la paga de homologación.

El trabajador podrá ausentarse un máximo de 2 veces al año, cada vez por un máximo de 3 días. De esas dos veces al año, sería como máximo una en cada semestre. Y días por enfermedad no computan como día trabajado para la homologación.

13 comentarios sobre «FAQ Instrucción Interna»

  1. En relación con el apartado FESTIVO TRABAJADO, punto dos, según el Boe de sabado 29 de diciembre de 2012 «Resolucion de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, punto 9 apartado 9.8 dice: Asi mismo, los calendarios laborales incorporarán cada año natural, y como máximo, un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año.

  2. Respecto al disfrute de horas sobrantes he visto que no podemos cogerlas en horario obligatorio.
    Pero ¿que pasa con esa persona y/o personas que durante todo este curso académico han hecho un curso de idiomas en la fundación, en el horario obligatorio? Ellas sí pueden y el resto del PAS no podemos disfrutar esas horas en jornada obligatoria.

  3. Me parece muy acertado compartir con los demás todas estas dudas. surgen cosas que uno no se plantea y es bueno saberlo, por ejemplo que tomarse los díaas feriados descuenta del complemento de homologación.

    Ya tengo dos dudas más: yo solo he hecho un curso «online», esto es suficiente para los 5 días feriados ¿cierto? ¿cómo se redacta el visto bueno del director de departamento? Por ejemplo: D. XXX, INFORMA favorablemente respecto del permiso de vacaciones entre los días 26 de julio y 31 de agosto de 2013, ambos inclusive, por parte de YYY.

    Gracias. A ver si vosotros me respondéis porque ni en personal ni en otros sindicatos lo hacen.

    Saludos

  4. Dice el Vicegente: «Y solo se cogerán días completos por compensación de Formación si las horas provienen de CURSOS OBLIGATORIOS fuera de la jornada ordinaria, NUNCA se cogerán días completos por compensación de Formación de cursos voluntarios.»»
    Sin embargo, me consta que durante el curso, y por supuestos en años anteriores, ha habido compañeros que han cogido días completos por compensación en curso voulntarios. Yo dispongo de horas y mi intención eran cogerme algún día de esta forma. Si finalmente no puedo sería absolutamente discriminario, y otra pregunta: ¿en dónde aparece esa limitación?. Gracias

  5. Hola, siendo el Padre y mi hijo nace en periodo de Vacaciones (Agosto) a cuantos días tengo derecho por permiso de paternidad.

    Y si nace despues de Agosto.
    Cómo se gestionan/solicitan

    Gracias

  6. Hola, queria hacer una consulta con respecto al horario reducido de tarde. Ya sé que el horario de mañana es de 9.00 a 14.00, y el horario de tarde supongo que debería ser de 16.00 a 21.00, pero por necesidades del servicio estamos haciendo el horario de tarde de 14.00 a 19.00 para no interrumpirlo, en vez de cerrar el laboratorio de 14.00 a 16.00.
    En etempo a algun compañero le sale que debe 2 horas del horario obligatorio haciendo el horario de 14.00 a 19.00.
    ¿Tenemos que avisar a Personal de este cambio, ponernos en contacto con nuestro director de servicio para que lo notifique?.

    saludos

  7. Yo he tenido a mi hermano hospitalizado una semana y no me he tomado ningún día de licencia por ese concepto, quisiera saber si, presentando el documento que lo acreita, pueo acumular esas horas trabajadas de más a mi bolsa de horas. Gracias.

  8. Otra cosa, yo trabajo en agosto 5 días en bibliotecas por aquello de de la apertura extraordinaria. Tengo entendido que esos días me los puedo volver a tomar durante el resto del curso, ¿qué efectos tiene en el e-tempo y en el complemento de homologación?. Gracias otra vez.

  9. Buenos días. Tengo una consulta que no pude hacer ya que en el plazo para realizarlas yo estaba de baja. Si solo hago un curso en lugar de los 2, puedo disfrutar de algo aunque no de todo? Por ejemplo, tomarme 2 días feriados en lugar de los 5, y el tiempo que me quede (hasta las 50 horas) tomarme solo la mitad de julio (aproximadamente) con horario reducido y el resto de julio de 7:45 a 15:15?
    Por favor, a ver si podéis responderme ya que no sé si podré tomarme los 5 días (por motivos de trabajo) aunque sí que me gustaría tomarme los que pueda; pero no querría tener que realizar los 2 cursos en estas circunstancias.
    Muchas gracias.

  10. ¿porque a algunos compañeros, incluido yo, en la columna de e-tempo AUSENCIAS EN PERIODO DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO nos está saliendo desde el lunes 1 de julio que nos faltan más de 9 horas diarias?

  11. ¿Alguien sabe cómo se marca en tempo el periodo vacacional de agosto? He escuchado que hay que dividirlo en dos tramos sin tener en cuenta la semana de feria.

  12. Veo,veo, que existen muchas dudas ante la nueva situación y os digo donde está la causa, la incertidumbre es tan grande que me dá miedo.Puede que el siguiente paso sea terrible,enormemente terrible …. es el desinterés. Buenas noches, mi querido P.A.S.

  13. Las ausencias por enfermedad, de duración no superior a tres días, serán justificadas a la persona responsable del servicio correspondiente, acompañándose el volante médico o, en caso de no haberse producido asistencia médica, una declaración jurada, limitándose las mismas a dos por persona en el año natural, debiendo justificar con la correspondiente baja médica el resto de ausencias de esta naturaleza. En los Servicios Generales la justificación se hará en la Sección de P.A.S. En caso de ausencias reiteradas, se podrá recabar por parte de la Administración, una inspección médica que determine las causas de las mismas y su procedencia.

    Es competencia de la Gerencia el determinar los procedimientos de comunicación de todas las ausencias así como la interpretación del número de ellas cuya reiteración puede dar lugar a recabar una inspección médica.a instrucción interna establece que:»Las ausencias por enfermedad, de duración no superior a tres días, serán justificadas a la persona responsable del servicio correspondiente, acompañándose el volante médico o, en caso de no haberse producido asistencia médica, una declaración jurada, limitándose las mismas a dos por persona EN EL AÑO NATURAL, debiendo justificar con la correspondiente baja médica el resto de ausencias de esta naturaleza.»

    En esta FAQ: «El trabajador podrá ausentarse un máximo de 2 veces al año, cada vez por un máximo de 3 días. De esas dos veces al año, sería como máximo una en cada semestre» ¿Quién dice que es una por semestre? ¿Personal? ¿Por que se realiza tal interpretación restrictiva de tal derecho, por arte de birlibirloque?

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