Desde SITUMA manifestamos nuestra firme oposición a las jubilaciones forzosas que se están imponiendo en la Universidad de Málaga.
En los últimos meses, se están denegando al PTGAS funcionario, de forma automática, las solicitudes de prolongación voluntaria del servicio activo más allá de la edad de jubilación forzosa, escudándose en “razones organizativas o presupuestarias” sin ofrecer motivaciones individualizadas ni justificadas.
📌 Qué dice la ley
La normativa vigente —artículo 120 de la Ley 5/2023, de Función Pública de Andalucía, y artículo 67 del EBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015)— permite solicitar la prolongación del servicio activo hasta los 70 años, siempre que no existan causas objetivas y debidamente motivadas que lo impidan.
Por tanto, las denegaciones genéricas vulneran los principios constitucionales de legalidad, igualdad, mérito y capacidad (arts. 9.3, 23.2 y 103 CE), así como el principio de motivación de los actos administrativos recogido en la Ley 39/2015.
⚖️ La jurisprudencia es clara
El Tribunal Supremo ha reiterado que toda denegación debe estar motivada de forma concreta, objetiva y personalizada:
- STS 12/06/2018 (rec. 345/2017): No basta con alegar necesidades generales; se requiere motivación específica del caso.
- STS 21/07/2011: La motivación debe apoyarse en razones verificables, no en fórmulas estereotipadas.
- STS 18/02/2010: La Administración no puede ejercer su potestad discrecional de forma arbitraria.
Además, varios Tribunales Superiores de Justicia (Andalucía, Madrid, Castilla y León) confirman que la falta de motivación suficiente o el uso indiscriminado de criterios presupuestarios constituye causa de nulidad del acto administrativo.
💡 Más allá del derecho: una cuestión de justicia y respeto institucional
La jubilación forzosa de personal con décadas de servicio supone una pérdida irreparable de experiencia, conocimiento y estabilidad. Su continuidad en activo favorece la transmisión de saberes, la formación del relevo generacional y la calidad del servicio público.
Forzar su salida sin causa objetiva no mejora la gestión ni el presupuesto, sino que empobrece la institución y desvaloriza la carrera profesional del PTGAS funcionario.
📣 Nuestra posición
Desde SITUMA exigimos que cualquier decisión sobre la prolongación del servicio activo se adopte con transparencia, motivación individualizada y pleno respeto al marco legal. La jubilación no puede ser usada como herramienta de ajuste presupuestario ni como medio discrecional para reorganizar plantillas.
👉 El PTGAS funcionario no es un gasto: es una inversión en calidad, estabilidad y servicio público.
👉 Forzar jubilaciones sin causa justificada es una injusticia laboral y un error institucional.