SITUMA celebra que se haya retirado del Consejo de Gobierno el proyecto de Reglamento sobre los Procesos de Evaluación de los Aprendizajes y el Progreso del Estudiantado. El documento que estaba en el orden del día del Consejo de Gobierno del la UMA del 27 de mayo ha sido retirado gracias a la unión de toda la comunidad universitaria
La unión hace la fuerza, y está vez el Equipo de Dirección de la UMA ha tenido en frente a toda la comunidad universitaria, que ni ha debatido ni ha sido informada del proyecto de Reglamento sobre los Procesos de Evaluación de los Aprendizajes y el Progreso del Estudiantado. Un proyecto que, para más inri, no ha pasado por Junta de PDI ni Comité de Empresa ni Mesa de Negociación del PDI. Todos hemos ido a una para decirle al Equipo de Dirección que es inadmisible la aprobación del Reglamento sin la previa consulta a la comunidad universitaria. Desde SITUMA se solicitó de forma previa al Consejo de Gobierno la retirada de este punto del orden del día.
Y es que la norma incurre en contradicciones e incoherencias. Por eso, una vez más, SITUMA reafirma su postura EN CONTRA del documento actual.
Concretamente, SITUMA RECLAMA que:
- El estudiantado tiene derecho a conocer la puntuación de todas las pruebas académicas, incluidas las de las convocatorias oficiales. Es un derecho básico que la UMA no debe vulnerar; tampoco las atribuciones del profesorado, al que deja indefenso ante reclamaciones del estudiantado que, por otra parte, estarían justificadas.
- Respecto a la evaluación continua en la segunda convocatoria ordinaria, la UMA asigna más carga burocrática al profesorado, aspecto que entra en colisión directa con el compromiso adoptado por el Equipo de Dirección de aminorarlas. SITUMA reclama el peso burocrático que viene soportando el profesorado en los últimos años, al cual se suman nuevas labores docentes contempladas por esta ley y que “asfixian” al profesorado, ya de por sí sobrecargado.
Este incremento injustificado de la carga burocrática es inasumible si queremos garantizar una docencia de calidad, especialmente en los grupos reducidos y en las prácticas, elevándose el número de estudiantes y la existencia de unos laboratorios infradotados. Esto último resulta especialmente grave en los Grados habilitantes (Medicina, Ingeniería, Arquitectura, etc.), cuya práctica profesional afecta a infraestructuras y servicios esenciales en nuestra sociedad. - La redacción del artículo 12 sobre la evaluación compensatoria no se entiende. No es posible calcular la media aritmética con los alumnos “no presentados” ya que efectivamente no hay calificación si el estudiante no se presenta. SITUMA propone que se establezca un único parámetro más representativo.
- En cuanto al articulado que aborda la prueba de la autoría de trabajos y pruebas de evaluación, SITUMA considera que, tal y como está planteado, cuestiona la profesionalidad y minusvalora la autoridad del docente. Además, añade más carga al profesorado.
- Por último, el artículo 21. 2. acerca del régimen general de convocatorias en estudios oficiales de grado y máster, SITUMA sostiene que vulnera las funciones del profesorado y los derechos del alumnado.
Por todo ello, SITUMA exige que el proyecto de Reglamento sea sometido a la debida negociación con los órganos de representación del PDI y del alumnado.
Desde SITUMA estamos convencidos de que solo mediante el diálogo y la participación de los actores implicados, lograremos un documento de consenso y mutuo entendimiento.

