28 noviembre, 2014

Intervención SITUMA en el Claustro del 28/11/2014

imageExcma Sr. Rectora Magnífica, Sr Secretario General, Srs de la Mesa del Claustro, Srs. Miembros del Claustro.

Buenos días a todos, desde SITUMA queremos plantearles una serie de cuestiones:

La primera se refiere a la RPT, RPT que lleva un año prometiendo su publicación en pro de la transparencia, que nos ha comunicado en alguna ocasión reciente que ya era inminente, y que sin embargo nunca llega. ¿Cuándo vamos a tener una RPT, como mandan la LOU, LAU y los Estatutos de la UMA?. Cualquier Administración Pública debe tener su RPT o instrumento similar de forma completa, actualizada y correctamente publicada. Además de ser obligatorio por Ley, desde el punto de vista social constituye uno de los más elementales ejercicios de transparencia y honestidad y aquí llevamos incumpliendo ya en este tema, varios años.

La segunda cuestión es, como no, la referente, a los locales para SITUMA en El Ejido y Teatinos, pasa el tiempo y se nos niega una sede en igualdad de condiciones al resto de organizaciones sindicales, y ya sabemos que nos va a repetir lo que nos dijo en el último claustro, que cojamos una sede en El Ejido que tiene libre, pero Sra. Rectora, esa respuesta nos no vale mientras las otras organizaciones sindicales tengan un local en El Ejido y otro en Teatinos, situación que favorece a unos con respecto a los otros. Lo lógico sería que todos estemos en igualdad de condiciones. Si no hay sitio, pues no hay sitio para nadie y todos tendremos un local en El Ejido y ninguno en Teatinos. Pero mientras unos sí y otros no, no nos vale su respuesta Sra Rectora.

La tercera cuestión, es un tema de nuevo reiterativo, nos referimos a La NO EJECUCION de lo aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo de Gobierno de 22 de Octubre de 2010, por la que creaban 81 Unidades Básicas de Gestión, a la vez que amortizaba las mismas en lo referente a los Departamentos, alcanzando el nivel 20, máximo de intervalo, a comienzos de 2013. ¿Hay algún avance sobre este tema? ¿Hay alguna línea de trabajo abierta? ¿Qué nos puede decir al respecto?

Y hablando de departamentos, y como cuarta cuestión, Sra Rectora, ante la incertidumbre creada por la nula información que hay de las fusiones de departamentos en la plantilla, según nos hacen llegar los compañeros, ¿nos puede dar algún detalle de cómo va el proceso?, ¿decirnos si tienen un calendario estimado? y ¿qué impacto y repercusiones habrá sobre la plantilla de Administrativos de departamentos?

Como quinta cuestión y ya que estamos, hablemos de recortes y recuperación de lo perdido. Parece que la Junta de Andalucía no tiene intención de que recuperemos la paga extraordinaria de 2012 o al menos el 25% que anuncia el Gobierno central. Cuando en 2012 el gobierno anunció la supresión de la paga, la Junta de Andalucía se adhirió rápidamente a la propuesta. No recordamos que usted, Sra Rectora, pusiese mucho de su parte para no perder dicha paga. Nos preguntamos ahora si ha iniciado usted alguna gestión en este sentido con la Junta de Andalucía para recuperar lo perdido, o si piensa hacerlo.

Como sexta y última cuestión que no por ello menos importante, nos referiremos al colectivo de capítulo 6, desde SITUMA queremos pedirle tres cosas para este colectivo olvidado durante tanto tiempo:

  1. El desarrollo del estatuto/convenio del Investigador, como ya tienen otras universidades públicas en España, como la de Extremadura, que regulan los tipos de contratos de los investigadores y garantizan más derechos a éstos.
  2. Comenzar a estudiar la posibilidad de aplicación de la Ley de la Ciencia en los trabajadores de Capitulo 6, trabajadores que llevan sobre sus hombros la investigación en la UMA, como muchos de los que hoy aquí se encuentra, saben de primera mano.
  3. Explicación o concreción, de si, tal y como indica el punto 4 del Artículo 14 del Capítulo II (Modalidades de Contratación) del Convenio del Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas de 9 de mayo de 2008, BOJA núm 92, página núm. 91, este colectivo debería regirse por dicho convenio.

En el punto 4 Artículo 14 Cap II se indica lo siguiente: Las categorías de personal investigador no recogidos en la RPT son las siguientes: personal investigador contratado en formación cuya beca figure en el registro general de programas de ayudas a la investigación, personal investigador contratado de acuerdo con la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica y el personal investigador contratado para el desarrollo de proyectos de investigación científica o técnica a través del contrato por obra o servicio determinado.

Muchas gracias por su atención y un cordial saludo a todos desde SITUMA.

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